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Para propietarios de 65 años o más

Nuda propiedad en Valencia: vende tu casa y sigue viviendo en ella

Recibes el dinero de tu vivienda en un solo pago y te quedas en ella, con todos tus derechos, hasta el final de tus días. No es un préstamo: no hay cuotas que devolver ni deudas que dejar. Y lo firma un notario.

  • Un solo pagoA la firma de la escritura
  • Sigues en tu casaUsufructo vitalicio

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De lunes a viernes, de 8:00 a 15:00.

Prefiero que me llaméis

Matrimonio mayor en el salón de su casa en Valencia tras vender la nuda propiedad

Tu casa sigue siendo tu casa. Nadie te va a pedir que te vayas.

El derecho a vivir en ella queda inscrito en el Registro de la Propiedad y firmado ante notario. No es una promesa nuestra: es una escritura.

Qué es exactamente

Tu vivienda son dos derechos, y sólo vendes uno

Cuando compraste tu casa adquiriste el pleno dominio, que en realidad son dos cosas distintas. Aquí vendes la titularidad y te quedas el derecho a vivir en ella.

Pleno dominio

Lo que tienes hoy: la casa entera, con todo lo que implica ser propietario.

Hoy es tuyo
=

Nuda propiedad

La titularidad sobre el papel. Es lo que vendes, y por lo que recibes el dinero.

Pasa al comprador
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Usufructo vitalicio

El derecho a vivir en ella y disfrutarla. Este no se vende: se queda contigo de por vida.

Sigue siendo tuyo

El comprador es dueño sobre el papel, pero no puede usar la vivienda mientras dure tu usufructo. Sólo dispondrá de ella cuando este se extinga.

La duda de siempre

Qué no cambia en tu vida y qué sí

Es la pregunta que hace todo el mundo, y es normal hacerla. Esto es lo que pasa de verdad el día después de firmar.

No cambia nada de esto

  • Sigues viviendo en tu casa, en la misma casa, hasta el final de tus días.
  • No te mudas, no haces cajas y no tienes que buscar otro sitio.
  • Sigues usándola y disfrutándola con normalidad: es tu hogar.
  • Puedes incluso alquilarla si algún día decides irte a vivir con la familia, y cobrar esa renta.
  • Nadie puede entrar, venderla por encima de ti ni pedirte que la dejes.

Esto sí cambia

  • Recibes el importe de la venta en un único pago, el día de la firma.
  • La titularidad pasa al comprador, que no podrá usar la casa mientras dure tu usufructo.
  • Dejas de cargar con las obligaciones de ser propietario, que no son pocas.
  • La vivienda deja de formar parte de tu herencia: conviene hablarlo en casa antes de decidir.

Cuánto se recibe

Depende del valor de la casa y de tu edad

El importe se calcula sobre el valor de la vivienda, descontando lo que vale el usufructo que tú conservas. Y ese usufructo vale más cuanto más joven eres, porque se presume que lo vas a disfrutar más años.

Dicho de otra forma: a más edad, mayor es el importe que recibes. Por eso no hay una tabla que valga para todo el mundo. Lo calculamos sobre tu caso concreto, con el valor real de tu vivienda, y te lo damos por escrito antes de que decidas nada.

El pago es único y se recibe en el momento de la firma de la escritura. No hay cuotas, ni intereses, ni nada que devolver después.

Para quién tiene sentido

  • Tienes 65 años o más y tu vivienda está pagada.
  • Quieres liquidez ahora y no quieres endeudarte a esta altura.
  • No tienes herederos, o los tienes y estáis de acuerdo.
  • Quieres dejar de preocuparte por los gastos y las cargas de la casa.

Lo que hay que pagar a Hacienda

Dos impuestos, y uno de ellos probablemente no te toque

Te lo contamos aquí porque es la parte que nadie explica y la que más sorpresas da al final.

Sí se paga

Plusvalía municipal

El IIVTNU, el impuesto del ayuntamiento sobre el incremento de valor del suelo. Su importe depende de los años que hayan pasado desde que compraste la vivienda y del valor catastral del suelo. Te decimos a cuánto asciende en tu caso antes de firmar.

Normalmente exento

IRPF por la ganancia patrimonial

Si la vivienda es tu residencia habitual y tienes 65 años o más, la ganancia que se genere con la venta está exenta de IRPF. Que es justo el caso de casi todo el que se plantea esta operación.

Cómo se hace

Cuatro pasos, y casi todo sin salir de casa

La documentación es mínima y la tramitación, ágil. Sólo hay un día en que hay que moverse: el de la firma.

1

Nos llamas y hablamos

Nos cuentas dónde está la vivienda, qué edad tienes y qué necesitas. En esa primera conversación ya te explicamos si la operación tiene sentido para ti.

2

Valoramos tu vivienda

Calculamos el importe que te correspondería, con el valor real de tu casa y tu edad. Te lo damos por escrito, sin coste y sin que te comprometa a nada.

3

Lo hablas con calma

Con tu familia, con tu asesor o con quien tú quieras. Aquí nadie mete prisa: es la casa donde vives.

4

Firma ante notario

Se firma la escritura, tu usufructo vitalicio queda inscrito en el Registro de la Propiedad y recibes el importe ese mismo día.

Pareja mayor conversando en el salón de su vivienda en Valencia

Una fórmula asentada en toda Europa

La venta de la nuda propiedad no tiene nada de excepcional: es una figura jurídica antigua, muy extendida en Francia, Italia o Bélgica, y perfectamente regulada aquí. Se formaliza en escritura pública y se inscribe en el Registro.

Dudas frecuentes

Preguntas sobre la nuda propiedad

¿Me pueden echar de mi casa en algún momento?

No. El usufructo vitalicio se firma ante notario y se inscribe en el Registro de la Propiedad a tu nombre. Mientras vivas, el derecho a usar y disfrutar la vivienda es tuyo, y el comprador no puede entrar ni disponer de ella. No depende de nuestra palabra: consta en la escritura.

¿Es un préstamo? ¿Tengo que devolver algo?

No es un préstamo. Es una venta: vendes la nuda propiedad de tu vivienda y recibes el importe en un único pago. No hay cuotas, ni intereses, ni deuda que dejar a nadie.

¿Cuánto voy a recibir?

Depende del valor de tu vivienda y de tu edad: cuanto mayor eres, mayor es el importe, porque el usufructo que conservas se valora en menos años. Lo calculamos sobre tu caso concreto y te lo entregamos por escrito, sin coste y sin compromiso.

¿Quién paga los gastos de la casa a partir de la firma?

Es una de las cosas que conviene dejar cerradas en la escritura, y lo hacemos antes de firmar. En general, como usufructuario te corresponden los gastos del uso corriente, y al nuevo titular las obligaciones de propietario. Te lo explicamos con tu caso delante.

¿Y si un día quiero irme a vivir con mi familia o a una residencia?

Puedes hacerlo, y el usufructo sigue siendo tuyo. De hecho puedes alquilar la vivienda y quedarte con esa renta: es una de las ventajas que mucha gente no conoce.

¿Qué impuestos tengo que pagar?

La plusvalía municipal sí, y su importe depende de los años transcurridos desde que compraste y del valor catastral del suelo. El IRPF por la ganancia patrimonial está exento si la vivienda es tu residencia habitual y tienes 65 años o más, que es el caso habitual.

¿Tengo que decírselo a mis hijos?

No estás obligado, la decisión es tuya. Pero la vivienda deja de formar parte de tu herencia, así que nuestra recomendación sincera es hablarlo en casa antes de firmar. Si quieren venir a la reunión, encantados.

¿Tengo que desplazarme mucho?

Casi nada. La documentación es mínima y la tramitación la llevamos nosotros; si lo prefieres, podemos ir a verte. El único día que hay que moverse es el de la firma ante notario.

¿Tu duda no está aquí? Llámanos al 963 173 170 o escríbenos a prestamo@prestamoactivo.es.

Hablemos

Cuéntanos tu caso y te lo explicamos con calma

Sin coste, sin compromiso y sin prisa. Si prefieres el teléfono, llámanos al 963 173 170, de lunes a viernes de 8:00 a 15:00.

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